Educación No Sexista
En junio de 2024, se promulgó la Ley N°21.675, que estatuye medidas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia en contra de las mujeres, en razón de su género. Este cuerpo normativo, en su artículo 12, mandata a los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado a promover una educación no sexista y con igualdad de género.
El Ministerio de Educación entiende la educación no sexista como aquella práctica educativa que propugna la igualdad de derechos, dignidades, valía, capacidades y oportunidades entre las personas. Tiene por objetivo prevenir y erradicar de los procesos y espacios educativos toda forma de discriminación y violencia en razón del sexo o el género, contribuyendo en última instancia al logro de la igualdad sustantiva de género y a la promoción de una educación equitativa y de calidad para todas y todos.
Según UNESCO (2022: 12), “La educación ofrece un enorme potencial para desafiar y transformar las relaciones, normas y prácticas sociales y de género desiguales, y para fomentar la aceptación de la igualdad de género como un valor fundamental y un derecho humano.”. La educación no sexista apunta justamente a aprovechar el potencial transformador de la práctica educativa para ofrecerle a todas las niñas, niños, adolescentes y personas adultas las oportunidades para que se desarrollen de manera integral, aportando al pleno ejercicio de sus derechos humanos y garantías constitucionales, buscando el respeto de su dignidad humana de manera irrestricta y protegiendo la consecución de sus proyectos de vida.
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